El Gobierno nacional avanzó con la reglamentación de uno de los puntos de la reforma migratoria impulsada en 2025 y estableció cómo deberán cobrarse las prestaciones médicas brindadas en hospitales nacionales a extranjeros que no tengan residencia en el país.
La medida fue instrumentada por el Ministerio de Salud, a cargo de Mario Lugones, y publicada durante la madrugada de este martes en el Boletín Oficial. La resolución retoma lo establecido por el DNU 366/2025, firmado por el presidente Javier Milei en mayo del año pasado.
La normativa establece un procedimiento común para que los hospitales nacionales puedan recuperar los costos de la atención brindada a personas extranjeras no residentes. De todos modos, deja en claro que las situaciones de emergencia seguirán siendo atendidas sin ningún tipo de restricción.
El decreto que dio origen a esta reforma había introducido, entre otras cuestiones, nuevos requisitos para ingresar a la Argentina y condiciones más estrictas para acceder a la residencia permanente. También había contemplado la posibilidad de que universidades y hospitales nacionales cobraran por sus servicios a extranjeros que no fueran residentes.
Ese último punto, sin embargo, no había comenzado a aplicarse en el sistema sanitario. En el ámbito educativo, en tanto, el Gobierno cuestionó a las universidades nacionales por no avanzar con el arancelamiento para extranjeros.
DOS FORMAS DE COBRAR LAS PRESTACIONES
La nueva resolución aprobó el “Procedimiento operativo para la atención sanitaria de personas extranjeras en los establecimientos sanitarios administrados por el Estado Nacional”.
Para quienes tengan residencia permanente, la situación no cambia. Estas personas mantienen el mismo acceso al sistema de salud nacional que los ciudadanos argentinos y deberán acreditar su condición migratoria mediante el DNI.
La diferencia aparece en el caso de los extranjeros que no sean residentes.
Para ellos se establecieron dos alternativas. Si cuentan con un seguro de salud, el hospital podrá facturar directamente a la compañía aseguradora los gastos correspondientes a la atención. Si no tienen cobertura, deberán pagar previamente por la prestación.
LAS EMERGENCIAS SEGUIRÁN SIENDO GRATUITAS
Uno de los puntos centrales de la reglamentación es que ninguna persona podrá quedar sin atención frente a una emergencia médica por su situación migratoria.
La normativa establece que la atención de urgencias deberá garantizarse a todas las personas y que no podrá ser rechazada ni demorada por cuestiones administrativas.
Se consideran emergencias aquellas situaciones que representen un “riesgo cierto e inminente para la vida o funciones vitales”. Entre los ejemplos incluidos aparecen los infartos, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias masivas y las emergencias obstétricas, pediátricas y neonatales.
Una vez controlada la emergencia, las atenciones posteriores sí podrán ser cobradas al paciente o a la empresa aseguradora, según corresponda.
Desde el Ministerio de Salud explicaron que el objetivo de la resolución es establecer un criterio uniforme para los hospitales nacionales y ordenar el sistema de recuperación de costos por las prestaciones destinadas a extranjeros no residentes.
De todos modos, la implementación concreta quedará en manos de cada establecimiento sanitario, que deberá desarrollar y poner en funcionamiento el mecanismo correspondiente.
UNA NUEVA ETAPA EN LA POLÍTICA MIGRATORIA
La decisión se conoce en medio de una serie de medidas y declaraciones del Gobierno nacional destinadas a endurecer su política migratoria.
El Ejecutivo había elevado el tono de sus cuestionamientos luego del Mundial 2026, cuando hizo referencia a lo que definió como “recientes manifestaciones de hostilidad” contra la Argentina y denunció una supuesta “campaña antiargentina” en redes sociales.
En ese contexto, La Libertad Avanza presentó en la Legislatura bonaerense un proyecto para que los extranjeros que no tengan residencia permanente deban pagar por la atención en hospitales públicos y por la educación universitaria en la provincia de Buenos Aires.
A esa iniciativa se sumó, una semana después, otro DNU firmado por Javier Milei, que habilitó la expulsión del país de extranjeros que difundan mensajes considerados de odio, discriminación o violencia contra argentinos por su nacionalidad.
Con la reglamentación publicada ahora por el Ministerio de Salud, el Gobierno da un nuevo paso para poner en funcionamiento uno de los aspectos de la reforma migratoria que había sido establecido en 2025.






