Los contribuyentes adheridos al Monotributo deberán prestar especial atención al cronograma establecido por ARCA, ya que durante julio y agosto se concentran varias obligaciones importantes que pueden impactar directamente en su situación fiscal.
Además del pago mensual, en este período deberá realizarse la recategorización semestral, un trámite obligatorio mediante el cual cada monotributista debe revisar si continúa encuadrado en la categoría que le corresponde de acuerdo con la actividad desarrollada durante los últimos 12 meses.
Para determinar si corresponde mantener, subir o bajar de categoría, ARCA evalúa distintos parámetros:
- Los ingresos brutos acumulados en los últimos 12 meses.
- La superficie destinada a la actividad, cuando corresponda.
- El consumo de energía eléctrica vinculado a la actividad.
- Los alquileres del inmueble utilizado para trabajar, si los hubiera.
En la recategorización de julio y agosto de 2026, se analizará la información comprendida entre julio de 2025 y junio de 2026. Si alguno de esos parámetros supera o queda por debajo de los límites establecidos, el contribuyente deberá modificar su categoría.
El trámite se realiza de manera online a través del Portal Monotributo, ingresando con CUIT y Clave Fiscal. Allí, el sistema muestra la información registrada y propone una categoría según los datos disponibles. Si el contribuyente detecta diferencias, deberá corregirlas antes de confirmar la gestión.
No todos los monotributistas están obligados a realizar este procedimiento. Quedan exceptuadas las personas que lleven menos de seis meses dentro del régimen o quienes no registren cambios en los parámetros de su categoría. De todas maneras, se recomienda ingresar al sistema para verificar que toda la información sea correcta.
ARCA recordó que quienes deban recategorizarse y no lo hagan podrán enfrentar sanciones. Si correspondía subir de categoría y no se realiza el trámite, el organismo puede aplicar una multa de hasta el 50 % del impuesto integrado y del aporte previsional, además de efectuar una recategorización de oficio. En cambio, si el contribuyente debía bajar de categoría y no lo informa, continuará abonando un importe superior hasta la siguiente revisión.
Las fechas más importantes del calendario
- 14 de julio de 2026: publicación de la nueva tabla del Monotributo con los valores actualizados.
- 15 de julio de 2026: difusión oficial de las nuevas escalas.
- 16 o 17 de julio de 2026: inicio del período de recategorización, tomando como base la actividad desarrollada entre julio de 2025 y junio de 2026.
- 20 de julio de 2026: vencimiento del pago mensual correspondiente a julio.
- Del 1 de agosto de 2026 al 31 de enero de 2027: comienza a regir la nueva tabla del Monotributo para ese semestre.
- 5 de agosto de 2026: vence el plazo para realizar la recategorización.
- Del 6 al 20 de agosto de 2026: período en el que ARCA podrá efectuar recategorizaciones de oficio.
- 20 de agosto de 2026: vence el pago del Monotributo con los nuevos valores actualizados.
Además de estas fechas, ARCA recordó que el régimen contempla dos recategorizaciones obligatorias por año, con vencimiento el 5 de febrero y el 5 de agosto, en las que se analizan los parámetros correspondientes a los 12 meses anteriores.
Mantenerse al día con este calendario es fundamental para evitar multas, recategorizaciones de oficio y otros inconvenientes administrativos, además de cumplir correctamente con las obligaciones del régimen simplificado.



