
La Cámara Federal de La Plata resolvió extender por seis meses más la suspensión del decreto del presidente Javier Milei que dispone la transformación del Banco Nación en una sociedad anónima. De esta manera, rechazó los recursos de apelación presentados por el Gobierno nacional y por la propia entidad bancaria.
La decisión fue adoptada por la Sala III, que ratificó el fallo del juez Alejo Ramos Padilla, quien el 10 de marzo de 2026 había prorrogado por otros seis meses la medida cautelar que mantiene frenada la aplicación del DNU 116/25.
La cautelar había sido dictada inicialmente el 13 de marzo de 2025, cuando Ramos Padilla suspendió los efectos del decreto por un período de seis meses. Posteriormente, el 5 de junio de 2025, la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó esa resolución y desestimó los planteos del Estado nacional y del Banco Nación.
Más adelante, en septiembre de ese mismo año, la medida volvió a ser prorrogada por otros seis meses, decisión que también fue respaldada por la Cámara en octubre.
Ante la falta de una resolución definitiva sobre la causa principal y con el decreto aún vigente, los demandantes solicitaron una nueva extensión de la cautelar, pedido que finalmente fue aceptado.
LOS ARGUMENTOS DEL GOBIERNO Y LA RESPUESTA DE LA CÁMARA
En su apelación, el Estado nacional y el Banco Nación cuestionaron la decisión del juez Ramos Padilla de conceder una nueva prórroga de la medida cautelar.
Entre otros puntos, sostuvieron que la resolución carecía de fundamentos suficientes, señalaron que el expediente llevaba demasiado tiempo sin resolución y afirmaron que no estaban demostrados los requisitos legales vinculados con la verosimilitud del derecho ni el peligro en la demora.
Además, argumentaron que mantener suspendido el decreto perjudica el interés público, ya que impide avanzar con una reforma que, según el Gobierno, busca modernizar el funcionamiento del Banco Nación.
Sin embargo, los jueces Carlos Vallefín, Emilio Faggi y Roberto Lemos Arias rechazaron esos planteos.
El tribunal consideró que la Ley 26.854 no impide otorgar más de una prórroga a una medida cautelar cuando continúan existiendo los motivos que justificaron su dictado. Para respaldar esa interpretación, citaron antecedentes de la Cámara Contencioso Administrativa Federal.
Con este nuevo fallo, la Justicia mantiene suspendida la aplicación del decreto y el Poder Ejecutivo no podrá adoptar medidas administrativas o reglamentarias para convertir al Banco Nación en una sociedad anónima mientras continúe vigente la cautelar.







