{"id":17995,"date":"2026-09-18T23:11:06","date_gmt":"2026-09-19T02:11:06","guid":{"rendered":"https:\/\/elpueblonoticia.com.ar\/web\/?p=17995"},"modified":"2026-09-18T23:11:06","modified_gmt":"2026-09-19T02:11:06","slug":"arca-modifico-el-calendario-de-ganancias-y-fijo-dos-fechas-clave-para-septiembre","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elpueblonoticia.com.ar\/web\/2026\/09\/18\/arca-modifico-el-calendario-de-ganancias-y-fijo-dos-fechas-clave-para-septiembre\/","title":{"rendered":"ARCA MODIFIC\u00d3 EL CALENDARIO DE GANANCIAS Y FIJ\u00d3 DOS FECHAS CLAVE PARA SEPTIEMBRE"},"content":{"rendered":"<p>La Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) modific\u00f3 el calendario del Impuesto a las Ganancias y estableci\u00f3 dos nuevas fechas que los contribuyentes deber\u00e1n tener en cuenta durante septiembre. Una corresponde a la presentaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n jurada del per\u00edodo fiscal 2025 y la otra al primer anticipo de Ganancias correspondiente a 2026.<\/p>\n<p>La medida alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto aquellas que forman parte del r\u00e9gimen general como las que est\u00e1n adheridas al R\u00e9gimen de Declaraci\u00f3n Jurada Simplificada. La modificaci\u00f3n fue establecida mediante la Resoluci\u00f3n General 5890\/2026, publicada el 25 de agosto en el Bolet\u00edn Oficial.<\/p>\n<p>Con este cambio, los contribuyentes tendr\u00e1n tiempo hasta el martes 22 de septiembre de 2026, inclusive, para presentar la declaraci\u00f3n jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al per\u00edodo fiscal 2025. El vencimiento original estaba previsto para el 27 de agosto.<\/p>\n<p>ARCA: QU\u00c9 PASA CON EL PAGO DE GANANCIAS 2025<\/p>\n<p>Hay una diferencia importante entre la presentaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n jurada y el pago del saldo que surge de ella.<\/p>\n<p>La pr\u00f3rroga dispuesta por ARCA alcanza a la presentaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n jurada, pero no modifica el vencimiento correspondiente al pago del saldo de Ganancias 2025.<\/p>\n<p>De acuerdo con la resoluci\u00f3n, el ingreso de ese saldo mantuvo como fecha de vencimiento el 27 de julio de 2026. Por lo tanto, la extensi\u00f3n hasta septiembre no debe interpretarse como un nuevo plazo para pagar el impuesto correspondiente al ejercicio 2025.<\/p>\n<p>El esquema contempla, entonces, dos obligaciones con fechas distintas: el 22 de septiembre para presentar la declaraci\u00f3n jurada y el 27 de julio para ingresar el saldo correspondiente al per\u00edodo fiscal 2025. As\u00ed est\u00e1 establecido en el art\u00edculo 1\u00b0 de la Resoluci\u00f3n General 5890\/2026 publicada en el Bolet\u00edn Oficial.<\/p>\n<p>Desde ARCA explicaron que la extensi\u00f3n responde a razones vinculadas con la administraci\u00f3n tributaria y tiene como objetivo facilitar el cumplimiento de las obligaciones. El organismo tambi\u00e9n se\u00f1al\u00f3 que la medida surgi\u00f3 a partir del di\u00e1logo mantenido con entidades que representan a profesionales de Ciencias Econ\u00f3micas.<\/p>\n<p>CU\u00c1NDO VENCE EL PRIMER ANTICIPO DE GANANCIAS 2026<\/p>\n<p>La segunda modificaci\u00f3n est\u00e1 relacionada con el primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al per\u00edodo fiscal 2026.<\/p>\n<p>En este caso, ARCA estableci\u00f3 de manera excepcional que el pago podr\u00e1 realizarse hasta el jueves 24 de septiembre de 2026, inclusive.<\/p>\n<p>El propio organismo confirm\u00f3 el cambio e inform\u00f3 que el primer anticipo fue trasladado al 24 de septiembre, en conjunto con la pr\u00f3rroga para la presentaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n jurada correspondiente a Ganancias 2025.<\/p>\n<p>De esta manera, los contribuyentes alcanzados deber\u00e1n tener presentes dos fechas durante la pr\u00f3xima semana: el 22 de septiembre para presentar la declaraci\u00f3n jurada de Ganancias 2025 y el 24 de septiembre para ingresar el primer anticipo de Ganancias 2026.<\/p>\n<p>La aclaraci\u00f3n central es que se trata de obligaciones diferentes. La pr\u00f3rroga de septiembre no traslad\u00f3 el pago del saldo de Ganancias 2025. Por eso, no representa una extensi\u00f3n general de todos los vencimientos relacionados con el impuesto.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) modific\u00f3 el calendario del Impuesto a las Ganancias y estableci\u00f3 dos nuevas fechas que los contribuyentes deber\u00e1n tener en cuenta durante septiembre. Una corresponde a la presentaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n jurada del per\u00edodo fiscal 2025 y la otra al primer anticipo de Ganancias correspondiente a 2026. 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