{"id":14852,"date":"2026-08-12T12:21:18","date_gmt":"2026-08-12T15:21:18","guid":{"rendered":"https:\/\/elpueblonoticia.com.ar\/web\/?p=14852"},"modified":"2026-08-12T12:21:18","modified_gmt":"2026-08-12T15:21:18","slug":"mercedes-condenaron-a-una-docente-que-les-pedia-dinero-a-alumnas-para-aprobarlas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elpueblonoticia.com.ar\/web\/2026\/08\/12\/mercedes-condenaron-a-una-docente-que-les-pedia-dinero-a-alumnas-para-aprobarlas\/","title":{"rendered":"MERCEDES: CONDENARON A UNA DOCENTE QUE LES PED\u00cdA DINERO A ALUMNAS PARA APROBARLAS"},"content":{"rendered":"<p class=\"isSelectedEnd\">La Justicia de Mercedes conden\u00f3 a una docente luego de considerar probado que les exigi\u00f3 dinero a dos alumnas a cambio de aprobar materias. La sentencia establece tres a\u00f1os de prisi\u00f3n en suspenso, tres a\u00f1os de inhabilitaci\u00f3n para ejercer el cargo que ocupaba y una multa de $360.000. Adem\u00e1s, deber\u00e1 afrontar una reparaci\u00f3n econ\u00f3mica de $480.000.<\/p>\n<p class=\"isSelectedEnd\">La decisi\u00f3n fue tomada por la jueza de Garant\u00edas de Mercedes, doctora Simy Beatriz Benasayag, quien homolog\u00f3 un acuerdo de juicio abreviado pleno y consider\u00f3 acreditados dos hechos ocurridos en el \u00e1mbito educativo.<\/p>\n<p class=\"isSelectedEnd\">La resoluci\u00f3n N\u00ba 85\/26 corresponde al Legajo Judicial 23226\/26 y fue firmada el 7 de agosto de 2026, despu\u00e9s de la audiencia realizada el 5 de agosto en la Oficina Judicial de Mercedes, perteneciente a la III Circunscripci\u00f3n Judicial.<\/p>\n<p class=\"isSelectedEnd\">En esa audiencia participaron la magistrada, el fiscal del caso, doctor Adri\u00e1n Aurelio Casarrubia, y la imputada, quien cont\u00f3 con la asistencia del defensor oficial Edgardo Gustavo Grinberg.<\/p>\n<p class=\"isSelectedEnd\">La condena fue dictada por los delitos de abuso de autoridad y concusi\u00f3n en concurso ideal, con un hecho reiterado en concurso real. La multa de $360.000 equivale al doble del dinero que fue considerado objeto de la exacci\u00f3n.<\/p>\n<h2>Los dos episodios que llegaron a la Justicia<\/h2>\n<p class=\"isSelectedEnd\">Uno de los hechos se registr\u00f3 entre junio y los primeros d\u00edas de julio de 2025, cuando la mujer trabajaba como profesora interina del turno noche en la Escuela N\u00ba 563 Domingo Faustino Sarmiento de Colonia Carlos Pellegrini.<\/p>\n<p class=\"isSelectedEnd\">De acuerdo con lo establecido en la sentencia, la docente le ofreci\u00f3 a una estudiante aprobar materias sin necesidad de asistir a clases a cambio de $100.000. La alumna entreg\u00f3 inicialmente $30.000 y, posteriormente, comenz\u00f3 a recibir reclamos para completar la suma acordada.<\/p>\n<p class=\"isSelectedEnd\">Seg\u00fan la acusaci\u00f3n, el 28 de julio de 2025 la docente le escribi\u00f3 por WhatsApp para exigirle el pago restante del denominado \u201cproducto\u201d y le advirti\u00f3 que, si no completaba el dinero, no aprobar\u00eda el m\u00f3dulo.<\/p>\n<p class=\"isSelectedEnd\">El segundo caso tuvo como protagonista a otra estudiante. En esa oportunidad, la docente le habr\u00eda solicitado $150.000 y le indic\u00f3 que, si no realizaba el pago, no aprobar\u00eda la materia. Como parte de esa situaci\u00f3n, se concret\u00f3 una transferencia a trav\u00e9s de Mercado Pago el 25 de abril de 2025.<\/p>\n<p class=\"isSelectedEnd\">Para reconstruir lo ocurrido, la Justicia tuvo en cuenta distintas pruebas. Entre ellas se incorporaron las denuncias, testimonios, audios, capturas de conversaciones, comprobantes de transferencias, un informe elaborado por una trabajadora social, documentaci\u00f3n de la escuela y el expediente administrativo iniciado por el Ministerio de Educaci\u00f3n.<\/p>\n<h2>Qu\u00e9 tuvo en cuenta la jueza<\/h2>\n<p class=\"isSelectedEnd\">Al analizar el acuerdo, Benasayag remarc\u00f3 que la condena no pod\u00eda apoyarse \u00fanicamente en el reconocimiento realizado por la acusada durante el juicio abreviado. Ese reconocimiento, explic\u00f3, deb\u00eda estar acompa\u00f1ado por otros elementos que permitieran respaldar los hechos.<\/p>\n<p class=\"isSelectedEnd\">Despu\u00e9s de revisar las pruebas reunidas durante la investigaci\u00f3n y las explicaciones brindadas en la audiencia, la magistrada entendi\u00f3 que exist\u00eda suficiente respaldo para considerar acreditados los episodios y la responsabilidad de la docente.<\/p>\n<p class=\"isSelectedEnd\">La jueza tambi\u00e9n aval\u00f3 la calificaci\u00f3n legal propuesta por el Ministerio P\u00fablico Fiscal y aceptada por la defensa. Seg\u00fan sostuvo en la resoluci\u00f3n, los hechos encuadraban en los delitos de abuso de autoridad y concusi\u00f3n en concurso ideal, reiterados en concurso real.<\/p>\n<p class=\"isSelectedEnd\">Adem\u00e1s, indic\u00f3 que durante el proceso no aparecieron elementos que permitieran sostener la existencia de una situaci\u00f3n de inimputabilidad, justificaci\u00f3n o inculpabilidad.<\/p>\n<h2>Prisi\u00f3n en suspenso e inhabilitaci\u00f3n<\/h2>\n<p class=\"isSelectedEnd\">La pena acordada entre las partes qued\u00f3 establecida en tres a\u00f1os de prisi\u00f3n de cumplimiento en suspenso, tres a\u00f1os de inhabilitaci\u00f3n para ejercer el cargo que detentaba y una multa de $360.000.<\/p>\n<p class=\"isSelectedEnd\">La jueza consider\u00f3 que la pena se encontraba dentro de los l\u00edmites establecidos por la legislaci\u00f3n para los delitos atribuidos y que hab\u00eda sido acordada teniendo en cuenta las pruebas incorporadas al expediente.<\/p>\n<p class=\"isSelectedEnd\">Durante los tres a\u00f1os de la condena, la mujer deber\u00e1 cumplir distintas reglas de conducta. Tendr\u00e1 que fijar domicilio y un n\u00famero de contacto, abstenerse de realizar actos de perturbaci\u00f3n, intimidaci\u00f3n, violencia u hostigamiento contra las personas mencionadas en la sentencia y respetar una prohibici\u00f3n de acercamiento de 100 metros.<\/p>\n<p class=\"isSelectedEnd\">Tambi\u00e9n deber\u00e1 evitar cometer nuevos delitos, no podr\u00e1 ejercer su funci\u00f3n docente en Colonia Carlos Pellegrini y tendr\u00e1 que presentarse cada tres meses ante la Oficina Judicial para acreditar el cumplimiento de las medidas impuestas.<\/p>\n<h2>Tambi\u00e9n deber\u00e1 pagar $480.000<\/h2>\n<p class=\"isSelectedEnd\">La sentencia contempla, adem\u00e1s, una reparaci\u00f3n econ\u00f3mica de $480.000 por los da\u00f1os ocasionados. El monto fue distribuido en partes iguales: $240.000 para cada una de las personas beneficiarias establecidas en la resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"isSelectedEnd\">El pago deber\u00e1 realizarse en doce cuotas mensuales de $20.000 para cada beneficiaria.<\/p>\n<p class=\"isSelectedEnd\">Al analizar este punto, Benasayag consider\u00f3 que la suma acordada era prudencial y adecuada. La reparaci\u00f3n, explic\u00f3, no contempla solamente el perjuicio econ\u00f3mico derivado del dinero entregado, sino tambi\u00e9n las consecuencias extrapatrimoniales vinculadas con los hechos.<\/p>\n<p class=\"isSelectedEnd\">Con la homologaci\u00f3n del acuerdo de juicio abreviado pleno, la jueza consider\u00f3 cumplidos los requisitos establecidos por el C\u00f3digo Procesal Penal para dictar la sentencia condenatoria.<\/p>\n<p>Una vez que la resoluci\u00f3n quede firme, deber\u00e1 iniciarse el correspondiente legajo de ejecuci\u00f3n y realizarse las comunicaciones a la Polic\u00eda de Corrientes, al Registro Nacional de Reincidencia y a los dem\u00e1s organismos estatales que correspondan.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Justicia de Mercedes conden\u00f3 a una docente luego de considerar probado que les exigi\u00f3 dinero a dos alumnas a cambio de aprobar materias. 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