MERCEDES: CONDENARON A UNA DOCENTE QUE LES PEDÍA DINERO A ALUMNAS PARA APROBARLAS

La Justicia de Mercedes condenó a una docente luego de considerar probado que les exigió dinero a dos alumnas a cambio de aprobar materias. La sentencia establece tres años de prisión en suspenso, tres años de inhabilitación para ejercer el cargo que ocupaba y una multa de $360.000. Además, deberá afrontar una reparación económica de $480.000.

La decisión fue tomada por la jueza de Garantías de Mercedes, doctora Simy Beatriz Benasayag, quien homologó un acuerdo de juicio abreviado pleno y consideró acreditados dos hechos ocurridos en el ámbito educativo.

La resolución Nº 85/26 corresponde al Legajo Judicial 23226/26 y fue firmada el 7 de agosto de 2026, después de la audiencia realizada el 5 de agosto en la Oficina Judicial de Mercedes, perteneciente a la III Circunscripción Judicial.

En esa audiencia participaron la magistrada, el fiscal del caso, doctor Adrián Aurelio Casarrubia, y la imputada, quien contó con la asistencia del defensor oficial Edgardo Gustavo Grinberg.

La condena fue dictada por los delitos de abuso de autoridad y concusión en concurso ideal, con un hecho reiterado en concurso real. La multa de $360.000 equivale al doble del dinero que fue considerado objeto de la exacción.

Los dos episodios que llegaron a la Justicia

Uno de los hechos se registró entre junio y los primeros días de julio de 2025, cuando la mujer trabajaba como profesora interina del turno noche en la Escuela Nº 563 Domingo Faustino Sarmiento de Colonia Carlos Pellegrini.

De acuerdo con lo establecido en la sentencia, la docente le ofreció a una estudiante aprobar materias sin necesidad de asistir a clases a cambio de $100.000. La alumna entregó inicialmente $30.000 y, posteriormente, comenzó a recibir reclamos para completar la suma acordada.

Según la acusación, el 28 de julio de 2025 la docente le escribió por WhatsApp para exigirle el pago restante del denominado “producto” y le advirtió que, si no completaba el dinero, no aprobaría el módulo.

El segundo caso tuvo como protagonista a otra estudiante. En esa oportunidad, la docente le habría solicitado $150.000 y le indicó que, si no realizaba el pago, no aprobaría la materia. Como parte de esa situación, se concretó una transferencia a través de Mercado Pago el 25 de abril de 2025.

Para reconstruir lo ocurrido, la Justicia tuvo en cuenta distintas pruebas. Entre ellas se incorporaron las denuncias, testimonios, audios, capturas de conversaciones, comprobantes de transferencias, un informe elaborado por una trabajadora social, documentación de la escuela y el expediente administrativo iniciado por el Ministerio de Educación.

Qué tuvo en cuenta la jueza

Al analizar el acuerdo, Benasayag remarcó que la condena no podía apoyarse únicamente en el reconocimiento realizado por la acusada durante el juicio abreviado. Ese reconocimiento, explicó, debía estar acompañado por otros elementos que permitieran respaldar los hechos.

Después de revisar las pruebas reunidas durante la investigación y las explicaciones brindadas en la audiencia, la magistrada entendió que existía suficiente respaldo para considerar acreditados los episodios y la responsabilidad de la docente.

La jueza también avaló la calificación legal propuesta por el Ministerio Público Fiscal y aceptada por la defensa. Según sostuvo en la resolución, los hechos encuadraban en los delitos de abuso de autoridad y concusión en concurso ideal, reiterados en concurso real.

Además, indicó que durante el proceso no aparecieron elementos que permitieran sostener la existencia de una situación de inimputabilidad, justificación o inculpabilidad.

Prisión en suspenso e inhabilitación

La pena acordada entre las partes quedó establecida en tres años de prisión de cumplimiento en suspenso, tres años de inhabilitación para ejercer el cargo que detentaba y una multa de $360.000.

La jueza consideró que la pena se encontraba dentro de los límites establecidos por la legislación para los delitos atribuidos y que había sido acordada teniendo en cuenta las pruebas incorporadas al expediente.

Durante los tres años de la condena, la mujer deberá cumplir distintas reglas de conducta. Tendrá que fijar domicilio y un número de contacto, abstenerse de realizar actos de perturbación, intimidación, violencia u hostigamiento contra las personas mencionadas en la sentencia y respetar una prohibición de acercamiento de 100 metros.

También deberá evitar cometer nuevos delitos, no podrá ejercer su función docente en Colonia Carlos Pellegrini y tendrá que presentarse cada tres meses ante la Oficina Judicial para acreditar el cumplimiento de las medidas impuestas.

También deberá pagar $480.000

La sentencia contempla, además, una reparación económica de $480.000 por los daños ocasionados. El monto fue distribuido en partes iguales: $240.000 para cada una de las personas beneficiarias establecidas en la resolución.

El pago deberá realizarse en doce cuotas mensuales de $20.000 para cada beneficiaria.

Al analizar este punto, Benasayag consideró que la suma acordada era prudencial y adecuada. La reparación, explicó, no contempla solamente el perjuicio económico derivado del dinero entregado, sino también las consecuencias extrapatrimoniales vinculadas con los hechos.

Con la homologación del acuerdo de juicio abreviado pleno, la jueza consideró cumplidos los requisitos establecidos por el Código Procesal Penal para dictar la sentencia condenatoria.

Una vez que la resolución quede firme, deberá iniciarse el correspondiente legajo de ejecución y realizarse las comunicaciones a la Policía de Corrientes, al Registro Nacional de Reincidencia y a los demás organismos estatales que correspondan.