AYER SE PRESENTÓ ANTE LA MESA DE ENTRADAS DEL SENADO
La idea es dotar a las fiscalías de herramientas que permitan detener a individuos que participan de la repetición de delitos dolosos. Entre los fundamentos de la normativa se reconoce como preocupante el incremento de la inseguridad.
El gobernador Gustavo Valdés propone endurecer el proceso penal contra delincuentes que incurran en reiterancia como factor agravante para que los fiscales puedan pedir al juez de Garantías la detención de quienes incurran en «la repetición de conductas delictivas».
Lo hizo a través de un proyecto de ley por el que se modifican varios artículos del Código Procesal Penal de la Provincia que presentó ayer ante el Senado de Corrientes.
En su mensaje a los legisladores, el Mandatario correntino fundamentó la propuesta al considerar que «el incremento de la inseguridad es preocupante». Y señala: «A diario asistimos a noticias que dan cuenta de ello».
Valdés destacó: «En la mayoría de los casos se observa que los delincuentes ya habían sido apresados y prontamente liberados». En ese punto hizo una crítica a «un sistema que funciona deficientemente».

También afirmó que la normativa vigente resulta «ineficaz para encarcelar a los responsables» por lo que en su opinión «urge brindar respuestas racionales a los fenómenos de la inseguridad, particularmente en lo relativo a la reiterancia delictiva».
Agregó que esto se propone ante «la necesidad de dotar de herramientas al Poder Judicial para desarrollar de manera más eficaz y eficiente su labor sin perder de vista los principios de legalidad y proporcionalidad».
El fiscal de Estado Horacio Ortega amplió: «Básicamente, lo que se busca con el proyecto es darle una herramienta más al fiscal para actuar en aquellos casos en los que sabemos que el imputado cometió varios delitos con legajos de acusación y se pueda pedir la detención ante el juez de Garantías».
Aclaró, ante la consulta de época, que con la aplicación de este principio el fiscal podrá pedir la detención de quien cometa delitos dolosos en forma repetida «sin sentencia, porque se hace en el transcurso del proceso para asegurar la investigación y que no haya peligro de fuga».
Ortega también manifestó su confianza. «Esto tendrá un tratamiento rápido en ambas cámaras porque hay provincias que ya lo están aprobando».
Indicó que se trata de la respuesta a «un reclamo de la sociedad para frenar a quienes hacen de su vida una carrera delictiva y darle protección a las víctimas».
Indicó que se busca garantizar una buena investigación y se pueda disponer de la detención de los sujetos que a diario aparecen en las noticias como que son arrestados inmediatamente de ser liberados luego de ser apresados cometiendo un delito o violando la probation en caso de que esté sometido a otro proceso.
También dijo que se busca tener una «definición rápida de los procesos penales ya sea por la sentencia de culpabilidad o de absolución».
Asimismo, destacó el trabajo conjunto con el fiscal general del Poder Judicial, César Sotelo, y afirmó: «Se respetó la letra y el espíritu de la Fiscalía General por la forma de trabajo que nos instruyó el Gobernador».
Respuesta
El proyecto dado a conocer ayer por la Fiscalía de Estado fue elaborado en conjunto con el responsable de la Fiscalía General del Poder Judicial, César Sotelo, quien ante la consulta de época declinó en comentar la propuesta hasta que «obtenga media sanción».
Lo que sí queda claro es que se trata de una respuesta política al reclamo constante ante lo que la gente llama la «puerta giratoria» en las comisarías y la repetición de hechos delictivos cometidos por sujetos que fueron «detenidos por la mañana y por la tarde vuelven a robar».
Los cambios que se proponen al Código Procesal

Según el proyecto al que tuvo acceso época, el Poder Ejecutivo propone cambiar cinco artículos del Código Procesal Penal (CPP) que rige desde 2019, a través del que se instituyó el sistema acusatorio otorgando a los fiscales la responsabilidad de las investigaciones y procesar a los sospechosos de delitos.
El primero de los artículos a modificar, el 224, trata sobre el peligro de fuga de los procesados. Agregan el inciso «d)» que reza: «Por la reiterancia delictiva que se le atribuya por delito doloso y la pena que se espera como resultado del proceso, o cuando tenga una condena anterior cumplida total o parcialmente, salvo que haya corrido el término del artículo 50 del Código Penal. Las condiciones personales del imputado, especialmente el número de delitos que se le imputaren y el carácter de los mismos, y/o la existencia de otra u otras investigaciones penales en su contra en las que se le haya formalizado la imputación, y/o la alta probabilidad de que el imputado se vincule a otro u otros hechos delictivos dolosos».
Cambian el articulo 226, en el cual incluyen como nuevo motivo de detención de un sospechoso a la «reiterancia» que se suma al «inminente peligro de fuga o de conductas de obstaculización de la investigación, que hiciere necesaria la inmediata adopción de la medida».
En el artículo 229, entre otras cosas se modifica, de 24 a 48 horas, el plazo que tiene el fiscal para llevar al detenido delante del juez de garantías, para que resuelva su detención o liberación.
En el artículo 232 del CPP, que trata de las medidas de coerción aplicable al sospechoso para evitar el riesgo de fuga, se cambia la figura de «entorpecimiento de la investigación» por la de «reiterancia».
En el artículo 234 que dispone las condiciones de procedencia para que proceda la medida de coerción en el inciso a) se dispone que debe «evidenciar la existencia del peligro de fuga», se agrega la «reiterancia» y permanece el criterio de «obstaculización de la investigación» .
DIARIO ÉPOCA